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domingo, 13 de marzo de 2011

¡Cuidado!, no seas el siguiente "Presunto Culpable"

 
El cine sirve como un medio de confrontación, de entretenimiento, de expresión, pero también de denuncia. Son pocos los documentales que confrontan de tal forma, que conquistan el interés de la ciudadanía. Ahí radica el éxito de “Presunto Culpable”.

Lo admirable o lo preocupante –depende desde el ángulo del que se vea–, es que se trata de una iniciativa que surgió de un par de abogados que se animaron a exponer la realidad del sistema judicial mexicano. No fueron los cineastas ni los contadores de historias quienes tuvieron la idea creativa del proyecto.

A través de involucrarnos con la historia de un hombre común, José Antonio Zúñiga –que bien podríamos ser tú o yo–, los abogados del Centro de Investigación y Docencia Económica (CIDE) Roberto Hernández y Layda Negrete, comenzaron a filmar su proceso de defensa y el juicio en el que trabajaban de forma gratuita.

Más tarde, Geoffrey Smith se unió a Hernández para dirigir el filme, el cual, a partir de una investigación profunda, permitió que la población conociéramos otra cara de nuestras leyes y de nuestro sistema de justicia.

Es gracias al ojo de la cámara que nos adentramos en la forma de vida al interior de una prisión, su precariedad e inmundicia; somos testigos de cómo los sueños de “Toño” –uno de tantos presuntos culpables– se desbaratan tras ser acusado injustamente por un asesinato que no cometió.

Las imágenes y el audio son tajantes al mostrar cómo el juez del caso y la abogada de la parte contraria pasan por alto pruebas que resultan evidentes para comprobar la inocencia del encarcelado; cómo evaden las preguntas de un defensor y cómo quedaron fuera de los registros las partes contradictorias e incongruentes de las declaraciones; hechos que a final de cuentas perjudicaban a Toño.

Por medio de imágenes dinámicas y de una narración en voz en off que hace entendible para el grueso de la población los tecnicismos legales, del apoyo de entrevistas a testigos que confirman la inocencia del acusado, el uso de recursos como mapas y gráficos, la cinta involucra a los espectadores en el caso del protagonista, y a la vez que los informa, los entretiene.

Pero si algo vale la pena en esta cinta, son los continuos close ups –acercamientos de la cámara– que desenmascaran la deshonestidad y acentúan las verdades de cada uno de los involucrados.

Ése es probablemente el mayor éxito de este documental, que además hace de Zúñiga un personaje en toda la extensión de la palabra, nos sumergimos en su vida, conocemos sus éxitos y fracasos, empalizamos con su impotencia; Toño se enfrenta a una problemática de la que sale victorioso.

“Presunto Culpable” cuenta con la empatía del público por ese soberbio manejo de los recursos cinematográficos para contar una historia de injusticia en la que también hay suspenso, esperanza y amor, pues a pesar de estar encerrado en un reclusorio, Toño y muchos otros de sus compañeros forman una familia, disfrutan de una boda y entablan lazos de amistad.

Con su cinta, Hernández, Negrete, Rafael Heredia –el abogado penalista– y José Antonio Zúñiga alzan la voz para decir ya basta. Basta que 93 por ciento de los acusados nunca vean al juez que los encarcela, que 78 por ciento de los presos sean alimentados por sus familias; que 93 por ciento nunca haya visto una orden de aprehensión, como se afirma en la cinta.

Éstos, así como el resto de los datos duros proporcionados por el CIDE y que se incluyen en la película, son alarmantes: 95 por ciento de las sentencias son condenatorias y 92 por ciento no se basan en evidencia física.

La historia de Toño, nuestro “Presunto Culpable” tiene un final feliz, ¿pero qué pasa con el resto de los presos, ese 80 por ciento de encarcelados que son inocentes?

En esta ocasión, el cine supo unir a la sociedad para denunciar que muchos inocentes son detenidos en México porque los policías que los aprehenden mienten en sus declaraciones o porque por cada aprehendido reciben compensaciones económicas.

Ten cuidado, no vayas a ser el siguiente “Presunto Culpable”.

Conoce tus derechos

De acuerdo con el artículo 14 constitucional, nadie puede “ser privado de la libertad o de sus propiedades, posesiones o derechos, sino mediante juicio seguido ante los tribunales previamente establecidos”.

Además, de acuerdo con el artículo 16, “nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente, que funde y motive la causa legal del procedimiento”.

Y continúa: “No podrá librarse orden de aprehensión sino por la autoridad judicial y sin que preceda denuncia o querella de un hecho que la ley señale como delito, sancionado con pena privativa de libertad y obren datos que establezcan que se ha cometido ese hecho y que exista la probabilidad de que el indiciado lo cometió o participó en su comisión”.

Nada de lo cual fue aplicado al caso de Toño.

“(Sólo) te pueden detener sin orden de aprehensión cuando es en flagrancia, es decir, en el momento que estás cometiendo el delito, es la única excepción, de ahí en fuera siempre tendrá que mediar orden de aprehensión. (Además), puedes permanecer en silencio hasta que llegue un abogado”, aseguró Guillermo Tenorio Cueto, profesor de Teoría Política y Teoría General del Estado de la Universidad Panamericana.

Twitter: mabsalinas

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